Subvenciones a empresas turísticas para movilidad sostenible y renovación de electrodomésticos

Este lunes se han publicado en el BON dos convocatorias de ayudas para empresas turísticas, una para la mejora de la movilidad sostenible y la eficiencia energética, y otra para la renovación de electrodomésticos de bajo consumo energético.
Estas dos convocatorias se suman a la segunda convocatoria de Ayudas para la financiación de proyectos de eficiencia energética en empresas turísticas, publicada el pasado 5 de mayo.
Subvenciones para la mejora de la movilidad sostenible y la eficiencia energética en establecimientos y empresas turísticas.
Dirigido a
Pymes turísticas que figuren inscritas en el Registro de Turismo de Navarra como titulares del establecimiento turístico, en la fecha de presentación de la solicitud, con sus datos correctamente actualizados. Los establecimientos y empresas turísticas que pueden ser beneficiarios de la subvención son:
- Establecimientos hoteleros (hoteles, hostales y pensiones)
- Casas rurales
- Viviendas turísticas rurales
- Campamentos de turismo
- Albergues turísticos
- Agencias de viaje
- Empresas de turismo activo y/o cultural
Descripción
Dotación presupuestaria: 750.000 euros.
Periodo subvencionable:
Las actuaciones deberán ejecutarse y estar facturadas con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud y con fecha límite el 31 de enero de 2026, inclusive.
Actuaciones subvencionables:
- Adquisición de los siguientes vehículos eléctricos: bicicletas, segways, triciclos, buggies, quads y vehículos de transporte no matriculables, destinados todos ellos al préstamo. También serán subvencionables los remolques porta bicis eléctricas.
- Acondicionamiento de instalaciones y de infraestructuras que permitan ofrecer distintos servicios al cicloturista, como espacios guarda bicis, espacios destinados a talleres o zonas de lavado.
- Instalación de puntos de recarga para baterías de vehículos eléctricos.
- Sistemas de reservas online que posibiliten la gestión de los vehículos eléctricos de la empresa y la reserva de los mismos.
Importe de la subvención:
La inversión mínima requerida será de 5.000 euros y el presupuesto máximo subvencionable 60.000 euros.
Con carácter general, la subvención prevista en esta convocatoria consiste en una ayuda a fondo perdido del 70 % sobre el importe de la inversión subvencionable (IVA excluido).
En particular, por la adquisición de buggies y quads, el porcentaje de subvención será del 50 % sobre el importe de la inversión subvencionable (IVA excluido).
En la inversión por adquisición de los vehículos eléctricos subvencionables, conforme a la base reguladora 5ª.1. a), se aplicarán los siguientes límites en el importe del coste subvencionable por unidad:
- Por la adquisición de bicicletas, por parte de hoteles urbanos de tres o más estrellas, el presupuesto máximo subvencionable por unidad será de 2.000 euros. Para el resto de establecimientos y empresas turísticas, el presupuesto máximo subvencionable por unidad será de 3.000 euros.
- Segways: 3.500 euros
- Triciclos: 3.500 euros
- Vehículos de transporte no matriculables: 10.000 euros
- Buggies y quads: 40.000 euros
Subvenciones para la renovación de electrodomésticos de bajo consumo energético en empresas turísticas.
Dirigido a:
Podrán obtener la condición de beneficiarias las pymes que cumplan los siguientes requisitos:
- Realizar una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado.
- Estar dadas de alta en el Registro de Actividades Económicas de Navarra en la ubicación donde realicen la actividad económica.
- Que su actividad esté clasificada bajo alguno de los siguientes códigos de Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) que se indican en la ficha:
- Figurar inscritas en el Registro de Turismo de Navarra, cuando dicha inscripción sea obligatoria, con sus datos correctamente actualizados.
Descripción
Dotación presupuestaria: 1.000.000 de euros.
Las actuaciones subvencionables deberán ejecutarse y estar facturadas con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud correspondiente y con fecha límite el 15 de octubre de 2025.
Actuaciones subvencionables
Podrá ser objeto de subvención la sustitución de equipos y aparatos electrodomésticos afectos a la actividad turística por equipos nuevos con etiquetado energético de alta eficiencia y bajo consumo energético, siempre que se demuestre la retirada de los equipos sustituidos, para facilitar su posterior reciclado según la normativa aplicable en materia de aparatos eléctricos y electrónicos.
Serán actuaciones subvencionables las de sustitución de aparatos de:
- Refrigeración con función de venta directa y armarios de conservación refrigerados profesionales (cámaras de conservación de vinos, expositores, minibares) por equipos nuevos con puertas, con etiquetado de alta clase energética, regulados respectivamente en el Reglamento Delegado (UE) 2019/2018 de la Comisión, de 11 de marzo de 2019, en lo relativo al etiquetado energético de los aparatos de refrigeración con función de venta directa y en Reglamento Delegado (UE) 2015/1094 de la Comisión, de 5 de mayo de 2015, en relación con el etiquetado energético de los armarios de conservación refrigerados profesionales.
- Equipamiento de cocina como hornos industriales, cafeteras industriales, abrillantadores de cubiertos, freidoras industriales, lavavajillas y trenes de lavado, por equipos nuevos con etiquetados de alta clase energética de conformidad con la legislación en vigor.
- Equipamiento de hostelería como lavadoras industriales, secadoras industriales, planchadoras y calandras, aspiradoras industriales, cámaras de conservación de vinos, expositores, minibares, televisores, por equipos nuevos con etiquetados de alta clase energética de conformidad con la legislación en vigor.
Para calcular el ahorro de energía final obtenido por la actuación para la que se solicita ayuda:
- Si el equipo/electrodoméstico adquirido tiene etiqueta energética, la justificación del ahorro se realizará comparando el consumo energético anual que aparece en la etiqueta del equipo/electrodoméstico adquirido y la del equipo/electrodoméstico existente. Si el equipo existente no dispusiera de la citada etiqueta se supondrá que tiene una G. Se requerirá mejorar la letra correspondiente al etiquetado informativo de consumo energético del equipo existente.
- Si el equipo/electrodoméstico adquirido no tiene etiqueta energética, para la justificación del ahorro se realizará una comparativa en base a los datos que figuran en las fichas técnicas o placas de características técnicas del equipo/electrodoméstico adquirido y las del equipo/electrodoméstico existente.
Se considera una única actuación el cambio de varios electrodomésticos.
Se consideran costes elegibles los derivados de la compra, transporte e instalación del electrodoméstico nuevo, así como el coste de la retirada del antiguo.
Importe de la subvención
La subvención prevista en esta convocatoria consiste en una ayuda a fondo perdido del 80 % sobre el importe de la inversión subvencionable (IVA excluido).
- Inversión mínima requerida: 3.000 euros
- Presupuesto máximo subvencionable: 100.000 euros
Plazo de solicitud:
- Del 13/05/2025 al 15/06/2025, ambos inclusive
Desde Teder te asesoramos y acompañamos con la solicitud.


