Ayudas a la creación de empresas para actividades no agrarias en zonas rurales. Segunda convocatoria 2024
Ayudas a la creación de empresas para actividades no agrarias en zonas rurales. Segunda convocatoria 2024
Abierto el plazo de solicitud hasta el 07/02/2025.
Dirigido a
Personas físicas que emprendan en el medio rural y que cumplan (a fecha de solicitud de la ayuda):
- Para beneficiarias del Tipo A.1:
- Ser agricultora profesional titular o socia de una explotación.
- Realizar la actividad en los municipios de Navarra considerados como zonas rurales.
- Para beneficiarias del Tipo A.2:
- Ser familiar de primer grado de una persona agricultora profesional titular o socia de una explotación.
- No estar dada de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- Realizar la actividad en los municipios de Navarra considerados como zonas rurales.
- Para beneficiarias del Tipo B.2:
- No estar dada de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- Realizar la actividad en los municipios de Navarra considerados como zonas rurales y con grado de despoblación extremo, intenso e importante y en declive intenso y moderado conforme la OF 8/2023.
- Edad comprendida entre 18 y 61 años
- No haber sido beneficiaria de esta ayuda en anteriores convocatorias, incluidas las concedidas en el marco de la medida M06.02 del PDR 2014-2020.
- No haber realizado la misma o similar actividad en los 5 años anteriores.
- Contar con los permisos necesarios para realizarla.
- Contar con conformidad de Gobierno de Navarra sobre los ámbitos afectados por el proyecto (Turismo, Patrimonio cultural, otros).
- Presentar un plan empresarial.
- Obtener una puntuación mínima de 24 puntos en los criterios de selección.
Las actividades de diversificación deben estar incluidas en alguno de los siguientes ámbitos:
- Servicios profesionales (ingeniería, arquitectura, asesoría, veterinaria, técnicos u otros).
- Actividades relacionadas con las tecnologías de la información, informática u otros.
- Desarrollo de actividades artísticas y/o artesanales.
- Provisión de servicios sociales.
- Establecimiento de talleres, industrias, locales o instalaciones para actividades no agrícolas.
- Transformación y comercialización cuyo producto resultante no esté incluido en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
- Provisión de servicios para cualquier sector económico, incluyendo la agricultura y la silvicultura, o la población rural.
- Se consideran como servicios a la agricultura y silvicultura aquellos servicios complementarios a las labores agrícolas y forestales (provisión de productos, asesoramiento, mantenimiento de maquinaria, etc.) siempre que se pueda probar que no se trata de labores preparatorias para la obtención de productos incluidos en el Anexo I del TFUE.
- Actividades de bioeconomía circular.
- Actividades de agroturismo, de turismo rural, de ocio, recreativas, deportivas, de hostelería o actividades relacionadas con el desarrollo económico territorial.
Aquellas actividades que ofrezcan visitas a las explotaciones, talleres demostrativos, etc., deberán presentar convenios o compromisos con asociaciones, centros educativos, etc. que avalen la futura actividad.
Descripción
La cuantía varía en función del tipo de ayuda solicitada:
- Tipo A.1: Actividad parcial complementaria para agricultoras profesionales:
Prima 20.000 euros. Compromiso de 6.000 euros de ingresos.
- Tipo A.2: Actividad principal para familiar en primer grado de agricultoras:
Prima 40.000 euros. Compromiso de 12.000 euros de ingresos y el porcentaje de ingresos final sea mayor al 49 % respecto a los ingresos totales obtenidos en el conjunto de actividades realizadas.
- Tipo B.2: Actividad principal sin vinculación a explotación agraria:
Prima 40.000 euros. Compromiso de 12.000 euros de ingresos y el porcentaje de ingresos final sea mayor al 49 % respecto a los ingresos totales obtenidos en el conjunto de actividades realizadas.
La ayuda tiene forma de prima única y se abona en dos pagos:
- Primer pago parcial: comienzo del plan. 50 % de la prima. Solicitud de pago parcial: durante el segundo semestre de 2025.
- Segundo pago final: correcta ejecución del plan. 50 % de la prima. Solicitud de pago final: hasta el 1 de junio de 2027.
- Está cofinanciada por el FEADER al 25 %.
Compromisos y obligaciones:
En el momento de presentación de la solicitud de la ayuda:
- Viabilidad del plan empresarial
Con posterioridad a la solicitud de ayuda y antes de la fecha de solicitud de pago parcial:
- Alta y pago en el Impuesto de actividades económicas (IAE) en el epígrafe correspondiente a la actividad.
- Alta y al corriente del pago en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- Estar inscrito/a en el Registro de personas y entidades emprendedoras (excepto traslados de negocios con continuidad siempre que cumplan con el resto de requisitos establecidos en la misma).
- Otros, en función de la actividad y lo indicado en el plan empresarial.
Entre el 1 de enero y el 1 de junio del año del ejercicio presupuestario con cargo al cual se imputa el pago final:
- Mínimo de ingresos netos anuales en el último ejercicio, procedentes de la actividad creada:
- Tipo A.1: 6.000 euros
- Tipo A.2 y B.2: 12.000 euros y el porcentaje de ingresos final sea mayor al 49 % respecto a los ingresos totales obtenidos en el conjunto de actividades realizadas.
- Al corriente del pago del Impuesto de actividades económicas (IAE) en el epígrafe correspondiente a la actividad.
- Al corriente del pago en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- Otros, en función de la actividad y lo indicado en el plan empresarial.
Dotación presupuestaria:
Tipo de actuación | Importe | ||
A | Redacción de proyectos técnicos | 22.910 | |
B | Acondicionamiento de locales multiactividad | 65.000 | |
Importe total | 87.910 |
Información de interés:
- Díptico informativo
- Mapa de municipios rurales y grado de despoblación de Navarra
- Guía de las ayudas 2024
- Guía para la tramitación telemática de la solicitud
- Tabla de criterios de selección
- Preguntas frecuentes
PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD
PLAZO: Abierto el plazo de solicitud hasta el 07/02/2025.
Desde Teder te asesoramos y acompañamos con la solicitud.