El Gobierno de Navarra ha publicado las convocatorias de ayudas para la mejora de la competitividad de las pymes de comercio minorista 2026
Dirigido a
Empresas del sector del comercio que cumplan, entre otros, los siguientes requisitos:
- Tener la consideración de pyme.
- La actividad principal del negocio debe ser de comercio al por menor, y deberá corresponder a algún CNAE-2025, de los establecidos en la base 5 de la convocatoria (ver las bases reguladoras y el Real Decreto 10/2025 en el apartado Normativa).
- Figurar de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) en algún municipio de Navarra, en algún epígrafe de comercio al por menor que tenga correspondencia directa con las actividades económicas subvencionables.
Las empresas solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos específicos en la fecha de presentación de la solicitud:
- Modernización y Reforma de establecimientos comerciales (MR): haber venido realizando una actividad de comercio minorista en Navarra antes del 1 de octubre de 2025.
- Traspaso comercial (TC): adquisición de un comercio minorista en funcionamento, desde el 16 de abril de 2025 (inclusive).
- Comercio No Sedentario (CNS): figurar de alta en el IAE, como comerciante no sedentario o vendedor ambulante, en alguna localidad navarra antes del 1 de octubre de 2025.
- Emprendimiento Comercial (EC): constituir una nueva empresa de comercio al por menor y abrir un nuevo establecimiento comercial en Navarra, cuya fecha de alta en el IAE debe estar comprendida entre el 1 de octubre de 2025 y el 1 de diciembre de 2026, ambos inclusive.
- Actividades paracomerciales (PC): exclusivamente actividades comprendidas en las clases 96.10, 95.23, 95.29 y 10.71 según la CNAE-2025.
Descripción
Dotación presupuestaria: 1.400.000 euros.
Tipos de proyectos subvencionables:
- Modernización y Reforma (MR)
- Traspaso comercial (TC)
- Comercio no Sedentario (CNS)
- Emprendimiento Comercial (EC)
- Digitalización comercial (DC)
- Actividades paracomerciales (PC)
- Adquisición de vehículos adaptados o la adecuación de vehículos para el transporte y reparto, exclusivamente de productos alimenticios y EE.LL. de menos de 1.500 habitantes.
Periodo subvencionable:
Inversiones realizadas (facturadas y abonadas) entre el 18 de octubre de 2025 y el 16 de octubre de 2026.
En Traspasos, se admite la adquisición (factura/contrato y abono) del comercio desde el 16 de abril de 2025 hasta el 16 de octubre de 2026.
Pasos del procedimiento:
- Evaluación de las solicitudes recibidas.
- Resolución de concesión.
- Presentación de declaración de transparencia (dentro del mes siguiente a la notificación) por parte de las beneficiarias que no sean personas físicas.
- Las beneficiarias de ayudas superiores a 30.000 euros presentarán (dentro del mes siguiente a la notificación) la documentación para acreditar el cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2024, de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales (base 4.6).
- Evaluación de la justificación de las actuaciones realizadas, que se presentará en cualquier momento una vez notificada la resolución de concesión de la subvención, siendo la fecha límite el 16 de octubre de 2026, inclusive.
- Resolución de abono de la subvención.
Obligación: mantener los bienes objeto de subvención, como mínimo y de manera ininterrupida, durante los 2 años siguientes a la puesta en marcha de las inversiones o durante su vida útil, si ésta fuera menor.
Notas de interés:
- Con el objetivo de recibir cualquier notificación relacionada con el expediente de subvención, las empresas solicitantes deben disponer de Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú) y estar suscritas a los procedimientos específicos del Gobierno de Navarra.
- En cualquier momento se podrán consultar los pagos que la Administración realiza en la cuenta que ha sido facilitada para ello: Consulta de cuentas y pag
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