Abierta la convocatoria de subvención a asociaciones de mujeres y otras entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos para promover la igualdad entre mujeres y hombres

El INAI realiza una convocatoria de subvenciones, apoyando el desarrollo de proyectos que promueven la igualdad entre mujeres y hombres. Estas ayudas se corresponden con la estrategia del INAI de impulsar y apoyar el asociacionismo y la participación social y política de las mujeres, para la consecución de la igualdad real, una apuesta real que responde al compromiso del gobierno en este ámbito.

Dirigido a

Asociaciones de mujeres y otras asociaciones o entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos dirigidos a la consecución de la igualdad entre mujeres y hombres en Navarra y que reúnan los siguientes requisitos:

  • Estar constituidas conforme a la legislación vigente, dotadas de personalidad jurídica e inscritas en el correspondiente registro.
  • Desarrollar su actividad en Navarra.
  • Tener como objeto en sus estatutos el impulso de la igualdad entre mujeres y hombres.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones, contempladas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones.
  • No tener suscrita una subvención nominativa con el Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua.

Descripción

Se subvencionan proyectos ejecutados entre el 1 de febrero de 2026 y el 20 de enero de 2027.

Cuantía máxima a solicitar:

  • Asociaciones de mujeres: 10.000 euros
  • Otras asociaciones y entidades sin ánimo de lucro: 5.000 euros

    Solicitudes

    Las solicitudes presentarán el total del proyecto, es decir, todas las actividades que se vayan a ejecutar hasta el 20 de enero de 2027. Deberán aparecer diferenciadas las actividades que se realicen hasta el 31 de octubre del 2026 y las actividades desarrolladas entre el 1 de noviembre del 2026 y 20 de enero de 2027. Es importante planificar bien los plazos de ejecución de las actividades porque una vez presentada la solicitud, su ejecución no podrá pasar de un periodo de tiempo a otro.

    En ningún caso se podrán pagar actividades del primer periodo en la liquidación final (enero 2027).

     

    Justificación

    La justificación tiene 2 fechas límite:

    • Actividades realizadas hasta el 31 de octubre de 2026: el límite del plazo de presentación es el 31 de octubre de 2026.
    • Actividades realizadas entre el 1 de noviembre de 2026 hasta el 20 de enero de 2027: el límite del plazo de presentación es el 31 de enero de 2027.

     

    Plazo de solicitud

    Del 21/04/2026 al 20/05/2026

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