Ayudas a la descarbonización de Gobierno de Navarra 2025-2026
Este lunes 3 de febrero se han publicado en el BON dos convocatorias de ayudas de Gobierno de Navarra para la Descarbonización para los años 2025 y 2026. El plazo de solicitud comienza mañana 4 de febrero, y estará abierto hasta el 3 de abril para el sector industrial, y hasta el 3 de junio para el sector residencial.

Ayudas para la descarbonización del sector residencial 2025-2026
La convocatoria destinada al sector residencial tiene un presupuesto de 2.210.000 euros. Podrán solicitar estas ayudas tanto las personas físicas, comunidades de propietarios y propietarias, agrupaciones de personas físicas y cooperativas de viviendas.
Estas ayudas tienen por objeto la sustitución de elementos de generación a partir de combustibles fósiles de instalaciones térmicas por elementos de generación que tengan la consideración de energía renovable, en el sector residencial, de acuerdo al Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.
El plazo para solicitar esta ayuda comienza el 4 de febrero y se extienda hasta el 3 de junio.
Respecto al plazo de ejecución, por un lado, el inicio de las actuaciones comienza el 1 de enero de 2025 y, por otro lado, la fecha final de ejecución y justificación dependerá de si las actuaciones se terminan en el 2025, 30 de septiembre; o en el 2026, 15 de septiembre. Se pueden consultar los tipos de actuación y sus correspondientes plazos en la ficha web de esta convocatoria.
Ayudas para la descarbonización del sector residencial 2025-2026
Dirigido a
- Personas físicas
- Comunidades de propietarios y propietarias
- Agrupaciones de personas físicas
- Cooperativas de viviendas
Descripción
Estas ayudas tienen por objeto la sustitución de elementos de generación a partir de combustibles fósiles de instalaciones térmicas por elementos de generación que tengan la consideración de energía renovable, en el sector residencial, de acuerdo al Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.
Documentación a presentar
- Memoria descriptiva, siguiendo el modelo.
- En el caso de actuaciones de conexión a una red de calor (tanto subestaciones térmicas como derivaciones) que disponga tanto de elementos de generación a partir de combustibles fósiles como de energías renovables: declaración responsable de la empresa suministradora de energía a la red de calor que especifique el porcentaje de energía suministrada de origen renovable.
- Presupuesto desglosado con las diversas actuaciones acometidas en la reforma. En el caso de que la actuación incluya la puesta fuera de servicio de tanques de almacenamiento de productos petrolíferos líquidos se hará mención expresa del importe destinado a este concepto.
- Ficha técnica de los elementos de generación o de los intercambiadores de calor de la subestación térmica a instalar, en los casos que aplique.
Normativa
Resolución 459E/2024, por la que se aprueba la convocatoria.
Contacto
Servicio de Transición EnergéticaTeléfono: 848 429 700
Correo electrónico: transicionenergetica@navarra.es
Ayudas para la implementación de actuaciones de descarbonización en el sector industrial 2025-2026
La convocatoria está destinada a la subvención de actuaciones de descarbonización dentro del sector industrial y se desarrollará para dos años. Esta convocatoria tiene un presupuesto de 3.500.000 euros e incluye tres tipos de actuaciones subvencionables. El primero son las inversiones realizadas para cambiar o mejorar equipos por otros que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones de CO2. El segundo tipo podrá financiar la implantación o mejoras de sistema de gestión energética para reducir el consumo final y las emisiones de CO2. Por último, el tercer tipo está destinado a financiar la instalación de placas fotovoltaicas destinadas al autoconsumo.
El plazo de petición de estas ayudas comienza el próximo 4 de febrero y se extenderá dos meses, hasta el 3 de abril. Las solicitudes se pueden presentar a través de la ficha web del portal de trámites de Gobierno de Navarra.
Respecto al plazo de ejecución de las actuaciones será diferente si la empresa se encuentra en régimen de minimis, concepto de la Unión Europea que implica no afectación a la competencia de las empresas En ese caso, la solicitud se puede pedir desde el 1 de enero de 2025. Sin embargo, en el caso de que aplique el reglamento de exención, la empresa podrá solicitar las ayudas a partir de la fecha de presentación de la solicitud. La fecha final de ejecución y justificación dependerá de si las actuaciones se terminan en el 2025, 30 de septiembre, o en el 2026, 15 de septiembre.
El importe de la subvención dependerá del tipo de actuación, para actuaciones de eficiencia energética la cuantía máxima de ayuda asciende a 300.000 €. Para actuaciones relacionadas con el autoconsumo eléctrico la cuantía máxima de ayuda asciende a 200.000 €. La intensidad de ayuda depende del régimen aplicable y del tamaño de empresa.
Ayudas para la implementación de actuaciones de descarbonización en el sector industrial 2025-2026
Dirigido a
PYMEs y grandes empresas cuyo CNAE se encuentre entre alguno de los que se enumeran en la convocatoria.
Descripción
Las actuaciones subvencionables serán las siguientes:
A. Inversiones en sustitución o mejora de equipos e instalaciones que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones de CO2.
B. Implantación o mejora de sistemas de gestión energética que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones de CO2.
C. Implantación de instalaciones de generación de electricidad de teconología fotovoltaica destinadas al autoconsumo según lo establecido en el Real Decreto 244/2019.
Documentación a presentar
- Memoria descriptiva de la actuación, que incluya:
- Descripción técnica de la situación actual y reportaje fotográfico.
- En el caso de actuaciones de eficiencia energética establecidas en la base 4: descripción técnica de la medida de ahorro y eficiencia energética propuesta, incluyendo justificación del ahorro energético y reducción de emisiones obtenido con la actuación.
- En el caso de actuaciones de autoconsumo eléctrico establecidas en la base 4: descripción técnica de la medida de generación eléctrica de tecnología fotovoltaica destinadas al autoconsumo propuesta, incluyendo justificación de la potencia pico instalada.
- Presupuesto total y desglosado de la actuación. Además:
- En el caso de actuaciones Tipo 3: porcentaje de la inversión que se facturará en 2025 y en 2026.
- En el caso de actuaciones de eficiencia energética acogidas a régimen del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014: presupuesto de la inversión de referencia.
- Documento acreditativo de las facultades de representación de la o el representante de la empresa solicitante.
Normativa
Resolución 458E/2024, por la que se aprueba la convocatoria.
Contacto
Servicio de Transición EnergéticaTeléfono: 848 429 700
Correo electrónico: transicionenergetica@navarra.es
Desde Teder te asesoramos y acompañamos con la solicitud.