Publicadas las ayudas de Comercio de Gobierno de Navarra

El 3 de julio se han publicado en el BON las bases de la convocatoria de  “Subvenciones para la mejora de la competitividad, la digitalización de las empresas comerciales minoristas y el fomento del emprendimiento comercial 2020” convocadas por el Servicio de Ordenación y Fomento del Turismo y del Comercio.

Plazo de presentación de solicitudes
del 4 de julio al 3 de agosto.

Convocatoria dirigida a:

Para la inversión en proyectos de modernización y reforma de establecimientos comerciales se requiere que las empresas hayan venido realizando el ejercicio de una actividad de comercio minorista en Navarra con anterioridad al 7 de noviembre de 2019.

En el caso de proyectos de emprendimiento comercial, se requiere constituir una nueva empresa localizada y con domicilio fiscal en Navarra, cuya fecha de alta en el IAE debe estar comprendida entre el 7 de noviembre de 2019 y el 31 de diciembre de 2020, ambos inclusive.

Para solicitar subvenciones por proyectos de comercio no sedentario se requiere que la empresa figure de alta en el IAE, como comerciante no sedentario, en alguna localidad Navarra con anterioridad al 1 de enero de 2019.

Podrán acceder a esta subvención los siguientes tipos de empresas:

  • Microempresas
  • Pequeñas empresas
  • Medianas empresas (para proyectos de modernización y reforma de establecimientos comerciales, proyectos específicos de inversiones por Covid-19 y proyectos de desarrollo tecnológico).

Más información

1. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA: 715.000 euros.

2. TIPOS DE PROYECTOS SUBVENCIONABLES

  • Inversiones en proyectos de modernización y reforma.
  • Inversiones en proyectos específicos.
    • Participación en proyectos de integración empresarial.
    • Traspasos de comercios.
    • Programas de desarrollo del modelo de negocio para el comercio rural.
    • Programas de diagnósticos comerciales.
    • Inversiones por Covid-19.
  • Inversiones en proyectos de emprendimiento comercial.
  • Inversiones en proyectos de comercio no sedentario.
  • Inversiones en proyectos de desarrollo tecnológico.

 3. ACTIVIDADES ECONÓMICAS ACOGIBLES

  • La actividad principal del negocio debe ser de comercio al por menor, y deberá corresponder a alguna de las siguientes de la CNAE-2009.
    • Actividades comprendidas en los grupos 47.11 y 47.79, ambos inclusive.
    • Actividades comprendidas en el grupo 45.32 exclusivamente cuando se trate de recambios, repuestos y accesorios nuevos.
    • Actividades comprendidas entre los grupos 47.81 y 47.89 y en el grupo 47.99 exclusivamente para los proyectos de comercio no sedentario.
  • Actividades económicas no subvencionables:
    • Gasolineras.
    • Estancos y farmacias, por requerir autorización administrativa especial.
    • Establecimientos de hostelería, bares, restaurantes, cafeterías y similares.
    • Establecimientos de servicios personales como peluquería, salones de belleza, tintorerías, lavanderías, agencias de viajes, agencias de seguros y otros como administraciones de lotería, etc.
    • Comercio al por menor no realizado en establecimientos comerciales, salvo el comercio no sedentario realizado en mercadillos con  periodicidad determinada en lugares preestablecidos y el comercio ambulante en vehículos tienda.

4. PERIODO DE INVERSIONES ACOGIBLES: las inversiones deberán ser realizadas (facturadas y pagadas) entre el 7 de noviembre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020.

5. RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN: en orden de prelación hasta agotar el crédito disponible y de acuerdo con la puntuación obtenida en el baremo correspondiente.

También puedes acceder a través de la sede electrónica:

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